Confirmación de la no existencia de deudas impagadas: Se revisan los ficheros de riesgos como ASNEF y RAI para comprobar si el solicitante tiene deudas pendientes.
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Determinación de las deudas existentes: Se consulta la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIR) para conocer todas las deudas del solicitante.
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Capacidad de pago: Se calcula la cantidad máxima de los ingresos del solicitante que se puede destinar al pago de la hipoteca y otras deudas, sin superar el 40% de los ingresos.
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Loan to value (LTV): Se determina el porcentaje del valor del inmueble que se financiará con la hipoteca. Generalmente, el LTV máximo es del 80%, aunque puede variar según la entidad.
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Tipo de contrato de trabajo: Se analiza la estabilidad laboral del solicitante, teniendo en cuenta el tipo de contrato (funcionario, interino, indefinido, autónomo), la antigüedad y la solvencia del pagador3. Se valora la continuidad de la actividad laboral y la estabilidad del pagador.
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Calidad de la garantía: Se evalúa el estado físico y legal del inmueble, su ubicación y si tiene alguna carga.
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Aportación dineraria: El solicitante debe demostrar que tiene ahorros suficientes para cubrir la parte del precio del inmueble no financiada por la hipoteca (generalmente el 20%) y los gastos de la operación (impuestos, notario, registro, etc.)
